Estudio Maria Angel Merlo

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Blog de asesoramiento jurídico

Si el padre no paga alimentos ¿se puede reclamar a los abuelos?

Si te separaste de tu pareja aunque no hayas estado casada pero conviviste y pensás que tu ex no tiene recursos para pagar alimentos hay otra opción.

La obligación de alimentos es para con el menor, no para el progenitor, y dura hasta los 18 años y es extensible hasta los 25 si estudia y también incluye la cobertura de salud.

Se dirige al progenitor que no convive permanentemente con sus hijos.

El alimento puede abonarse en una suma mensual o puede consistir en pagar determinados gastos corrientes como por ejemplo colegio, prepaga, cursos, deportes, etc, o también ser una combinación de ambos.

Pero si el padre no estuviera en condiciones económicas de hacerse cargo se puede encarar una acción judicial contra los abuelos y quién más?

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¿Tu pareja puede reclamarte como empleador? La justicia dice NO

Quiero compartirles un caso en el que intervine como abogada del empleador y que marca un precedente importante en materia laboral.

🔎 El caso
Tiempo atrás una mujer inició un juicio laboral contra su pareja, dueño de la empresa, alegando que trabajaba “en negro” y reclamando indemnizaciones, que en ese momento no podía obtener de otra manera.

Presentó testigos, pero todos conocían la relación de convivencia. El juez les recordó que declarar bajo juramento implica responsabilidad por falso testimonio.

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¿Podés vender un terreno que no está a tu nombre?

La respuesta no siempre es sencilla, pero sí existe un camino legal: la usucapión.

Hace poco recibí una consulta de una mujer que vive en un pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

Ella posee varios lotes que pertenecieron a su padre y a su tía, pero uno de ellos —ubicado en el medio de un lote de ella y de una institución— despertó dudas: lo está ocupando, paga impuestos, lo mantiene, y alguien quiere comprarlo.

¿Pero ella puede venderlo?

La escribana local no lo veía viable.

Sin embargo, la situación es más compleja: cuando los papeles no coinciden o las partidas están incompletas, existen alternativas legales que permiten avanzar.


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Sucesión después del divorcio: caso real

Por María Ángel Merlo, abogada especializada en familia y sucesiones.

En el cruce entre el derecho de familia y el sucesorio, hay situaciones que parecen sacadas de una novela legal.

Esta consulta que me hicieron lo ilustra con precisión: una pareja se divorcia, firma un convenio de disolución de la sociedad conyugal, pero no lo inscribe ni lo ejecuta.

Años después, uno de los ex cónyuges fallece.

¿Qué pasa con los bienes?

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Convivencia y herencia: lo que no sabías

¿Qué derechos sucesorios tengo como conviviente?

Cuando una pareja convive durante años sin casarse, es común pensar que la relación tiene los mismos efectos legales que el matrimonio.

Sin embargo, en materia sucesoria no es así: los derechos que tenés como conviviente dependen de tu situación y de si está registrada o no la unión convivencial.

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¿Por qué conviene hacer un convenio de partición en una sucesión?

En los procesos sucesorios, uno de los momentos más delicados y decisivos es la división de bienes entre los herederos.

Para evitar conflictos, demoras y trámites innecesarios, una herramienta clave es el convenio de partición.

¿Qué es un convenio de partición?

Es un acuerdo entre todos los herederos para repartir los bienes del fallecido de forma clara y consensuada.

Puede incluir tanto propiedades como vehículos u otros bienes.

Este convenio, una vez homologado por el juez, permite que cada heredero pueda inscribir los bienes que le corresponden a su nombre sin depender del consentimiento posterior del resto.

En la práctica lo que hay que tener en cuenta es qué bienes hay y cómo se van a repartir entre los herederos, siempre con el asesoramiento legal que te asegura que se realiza correctamente para que el juez lo dé por válido.

¿Por qué conviene hacerlo?

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🚨 ¿Heredaste una casa? Podrías perderla sin sucesión

⚠️ ¿Qué puede pasar si no hacés la sucesión?

Si alguien vive en la propiedad (un familiar, una pareja, un inquilino) y pasa el tiempo… puede iniciar una usucapión y quedarse con el inmueble.
Si vos vivís en una casa pero sos solo uno de los herederos y no hay sucesión hecha, podrían desalojarte legalmente.
No podes firmar un contrato de alquiler, ni vender, ni hipotecar ese bien.
Nadie te va a notificar si hay deudas, embargos o ejecuciones judiciales… porque la propiedad sigue a nombre del fallecido.
Si hay un crédito impago, una deuda de ARBA o una ejecución judicial, la propiedad puede ir a remate sin que te enteres.

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Sucesiones: 9 preguntas que todos se hacen (y pocas veces se explican bien)

Iniciar una sucesión suele estar cargado de dudas, miedos y muchas preguntas sin respuesta clara.

Ya sea por el reciente fallecimiento de un ser querido o por querer poner en orden una herencia familiar, es común no saber por dónde empezar.

En este artículo, la abogada María Ángel Merlo —especialista en sucesiones responde a las preguntas más frecuentes con un lenguaje claro y cercano.

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