Si el padre no paga alimentos ¿se puede reclamar a los abuelos?

Si te separaste de tu pareja aunque no hayas estado casada pero conviviste y pensás que tu ex no tiene recursos para pagar alimentos hay otra opción.
La obligación de alimentos es para con el menor, no para el progenitor, y dura hasta los 18 años y es extensible hasta los 25 si estudia y también incluye la cobertura de salud.
Se dirige al progenitor que no convive permanentemente con sus hijos.
El alimento puede abonarse en una suma mensual o puede consistir en pagar determinados gastos corrientes como por ejemplo colegio, prepaga, cursos, deportes, etc, o también ser una combinación de ambos.
Pero si el padre no estuviera en condiciones económicas de hacerse cargo se puede encarar una acción judicial contra los abuelos y quién más?
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