
Cuando un familiar cercano fallece pueden surgir dudas respecto a cómo se divide la herencia que deja a sus allegados.
Como solemos recibir este tipo de consultas les contamos las generalidades y casos especiales que pueden llegar a darse y cambiar lo habitual también.
En líneas generales, cuando en una familia tipo quien fallece es uno de los padres los hijos heredan el 50% de los bienes gananciales del fallecido, el otro 50% va al cónyuge.
No obstante, esto último no viene de la herencia, sino que se recupera la posibilidad de disponer para la pareja que es parte de la sociedad conyugal.
Hasta que no se realice la sucesión no se puede vender ninguna propiedad que esté en la sociedad conyugal, ni tampoco que sea bien propio del fallecido.
Llevándolo más a la práctica, si la herencia es una sola propiedad se divide entre el cónyuge y los hijos, y si fueran varias hay que negociar.
También hay que considerar que si la herencia fuera una sola propiedad donde vive el cónyuge superviviente se divide igual, pero tiene el derecho de habitación de por vida, o sea que nadie debería poder echarlo de su propia casa, siempre y cuando sea la última vivienda que habitó con su cónyuge.
Se puede perder bajo ciertas circunstancias no obstante, y no se puede alquilar.
Los bienes propios que son los que se adquirieron antes del matrimonio o producto de una herencia previa, en ese caso los heredan en partes iguales entre los herederos, 33% cada uno (por igual si son los hijos o el/la cónyuge).
¿Se puede perder el derecho a herencia?
El cónyuge puede perder la vocación hereditaria si pasó un tiempo con una separación de hecho, aunque no se hayan divorciado. Se puede demostrar con testigos o por el domicilio registrado.
Un abogado debería demostrar que esa persona no tiene derecho alguno sobre tus bienes.
Cualquier duda sobre este u otros temas jurídicos consulte por WhatsApp al 54911-5006-1040.