Estudio Maria Angel Merlo

Constitución 200 Haedo. Entrepiso edificio Escribanía Castro.
¡Consultas por WhatsApp aquí! 54911-5404-7326

Blog de asesoramiento jurídico

Sucesión y cuidado de los padres

Siendo especialista en usucapión para lograr la inscripción legal de una propiedad después de mucho tiempo de habitarla como dueño, y sucesiones, me han preguntado qué pasa si hay herederos y uno incurrió en mayores gastos.

En una familia con varios hijos se dan situaciones de un hermano que vive en la casa con sus padres durante años, que de hecho la está poseyendo, si pagara los impuestos como si fuera dueño podría llegar a adquirir derechos posesorios.

Aunque la casa sea legalmente de sus padres y corresponda por herencia a todos los hijos, si uno vivió allí durante años y puede mostrar que pagó los impuestos de su bolsillo, se daría ese caso de poder reclamar la propiedad cuando sus padres fallezcan.

No obstante, si fue otro hermano que no vive con sus padres el que pagó los impuestos al hacerlo ya interrumpe la prescripción y las posibilidades de un juicio.

Inclusive puede pasar lo contrario, si el que se hizo cargo de los gastos lo puede demostrar, podría decir que los otros hermanos le deben lo que pagó.

Se ha dado el caso de exigir una acción de repetición si quien vivió con los padres no abonó ningún gasto el que los pagó puede pedir que devuelva lo que no le correspondía pagar a él.

Luego de fallecer los padres si cualquier hermano vive o quiere mudarse a cualquiera de los inmuebles que era de ellos debería abonar un alquiler por la parte que no le corresponde usar a los hermanos.

Si así no lo hiciera los otros herederos pueden solicitar vía judicial que se abone ese alquiler, hay un tiempo para poder reclamar.

Se puede solicitar una rendición de cuentas, exponiendo todo lo que pagó para recuperar su deuda, lo que puede resolverse de una manera simple, quedándose con una proporción mayor de la propiedad.

Presentado el caso será el juez quien dictaminará si le corresponde o no y qué le corresponde.

Lo importante es que quien abonó los impuestos durante años debería guardar los comprobantes para poder probarlo, si vivió en la propiedad puede decir que la posesión la tuvo al 100%, en caso contrario reclamar a los otros.

Este trámite se puede encarar dentro de la sucesión y si quien compartía la casa con sus padres sigue ahí se puede reclamar el alquiler de la parte que corresponde a sus hermanos en el futuro.

Obviamente esto no se daría en el caso de que haya sido puesto esa propiedad como bien de familia, al morir el propietario no se le puede reclamar nada por un tiempo el beneficiario.

Habiendo bien de bien de familia existe un derecho de uso o beneficio que puede durar años durante los cuales puede seguir viviendo en esa propiedad, siempre que figure como beneficiario en el documento.

¿Te surgieron dudas con respecto al tema?

¿Cómo reclamar los gastos dentro de la sucesión?

Esa es mi especialidad, te dejo mi teléfono móvil para consultas: 5411 5404-7326

Scroll al inicio