Estudio Maria Angel Merlo

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Blog de asesoramiento jurídico

¿Cómo vender una propiedad en sucesión o antes de iniciarla?

Cuando hay una sucesión con varios herederos y/o varias propiedades pueden darse situaciones especiales que pueden generar roces o imposibilitar el avance:

-Que no se pueda incluir a todas las propiedades en la sucesión porque cada una tiene un costo asociado.

-Que algunos herederos no puedan solventar los costos iniciales o avanzados.

¿Qué hacer en esos casos?

¿Qué opciones hay?

Incluir una propiedad en una sucesión tiene un costo directo y, si lo que se busca es venderla, solventar el costo previamente a cobrar la venta no siempre es posible.

Algunos herederos optan por incluir sólo una propiedad, aunque tengan varias, para tener disponibilidad y poder avanzar luego con resto. O bien inscribir sólo una ya que lo costoso es la inscripción, pero también es necesaria para vender.

Pero como inscribir cada inmueble tiene un costo, ¿qué otra opción puede haber?

Para entender mejor la situación hay que empezar detallando que los gastos de una sucesión se dividen en tres etapas: el inicio, la declaratoria y la inscripción.

Teniendo las primeras dos avanzadas y faltando la tercera (que es la más costosa) se puede incluir en la misma escritura de venta la inscripción en la modalidad de tracto abreviado, para que así lo que se cobra de la propiedad pague esos gastos, que siempre son muchos menores.

Aun así esta opción requiere tener la sucesión iniciada y la declaratoria de herederos dictada por el juez, que constató que sos heredero.

Pero esas instancias tienen también un costo entonces, ¿qué otra opción puede haber si no podés afrontar ese costo?

Me han preguntado si se puede realizar boleto con posesión o cesión de derechos hereditarios con ese objetivo.

¿Boleto pagando el 70% con posesión y el resto a la escritura o cesión?

¿Cuál de estas opciones es más recomendable?

El boleto es menos seguro porque se puede fijar una fecha de escrituración, pero eso no asegura que se cumpla, dependiendo del estado del expediente o si algún heredero tuviera un problema de salud importante.

Aún si no estuviera iniciada la sucesión una cesión de derechos hereditarios brinda más seguridad jurídica que un boleto de compraventa.

Es mejor que un boleto porque en el futuro los vendedores no tienen que volver a firmar, quedan excluidos de la herencia y el comprador tiene la certeza de poder inscribir el bien a su nombre.

Cualquier duda sobre este tema o algún otro dentro de la temática de sucesiones pueden consultarme por WhatsApp al 54911-5404-7326, ya que es mi especialidad.

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